A) ÁMBITO AUTOMÓVIL
El Consejo de Ministros de 16-06-2020 ha aprobado, entre otras, las siguIentes medidas de interés en relación con el sector de automoción:
APROBADO UN NUEVO PLAN DE AYUDAS PARA FOMENTAR LA MOVILIDAD SOSTENIBLE
El Consejo de Ministros ha aprobado un Real Decreto por el que se regulan las bases de la segunda edición de Programa de Incentivos a la Movilidad Eficiente y Sostenible (MOVES II). El plan, elaborado con la participación de las comunidades autónomas y el sector, ha ampliado su dotación en un 222%, pasando de los 45 millones de la edición anterior a una dotación de 100 millones de euros.
MOVES II financiará, con ayudas directas, la compra de vehículos eléctricos o híbridos enchufables -hasta los 5.500 euros, en el caso de los coches 100% eléctricos-, la instalación de infraestructura de recarga y de sistemas de préstamos de bicicletas eléctricas, así como la implantación de planes de transporte a los centros de trabajo. Respecto de la primera edición, el programa incorpora la posibilidad de que los ayuntamientos empleen las ayudas para realizar adaptaciones rápidas que les permitan responder a las necesidades de movilidad que han surgido como consecuencia de la crisis sanitaria del COVID-19, como puede ser la conversión de carriles convencionales en carriles bici o espacios reservados para el peatón.
El programa se inscribe en el «Plan de impulso de la cadena de valor de la industria de la automoción: Hacia una movilidad sostenible y conectada», activado por el Gobierno de España para que la industria de la automoción, estratégica y con efecto tractor, pueda aprovechar las oportunidades que ofrecen cambios asociados a la nueva movilidad ligada a los procesos de descarbonización y de transformación digital. De hecho, España ya cuenta con una consolidada cadena de valor de la electromovilidad, vinculada fundamentalmente a los sectores de bienes de equipo y la electrónica de potencia, con una aportación de fabricación nacional de entre el 70 y el 90%. El país también dispone ecosistemas de fabricación de vehículos significativos en segmentos como el de los autobuses o las motocicletas eléctricas, de las que España es el primer fabricante europeo.
ACTIVACIÓN ECONÓMICA LIGADA A LA MOVILIDAD SOSTENIBLE
MOVES II ha aumentado su presupuesto en 55 millones de euros con respecto a la edición de 2019, dotada con 45 millones. Los 100 millones del nuevo programa provienen de líneas presupuestarias asignadas al Instituto para el Ahorro y la Diversificación de la Energía (IDAE), dependiente de MITECO.
Entre las novedades de esta segunda edición, destaca que las comunidades y ciudades autónomas podrán llevar a cabo inversiones directas con cargo al programa para, por ejemplo, instalar puntos de recarga en hospitales u otros edificios de su titularidad, o renovar sus flotas de vehículos y transporte público.
La inversión pública del Estado que contempla MOVES II podría llegar a movilizar un valor añadido de entre 3,5 y 4 millones de euros por cada millón invertido, generando más de 5.000 empleos. Al tiempo, se contribuye a mitigar las emisiones contaminantes y de gases efecto invernadero: el programa podría promover un ahorro de 14 toneladas equivalentes de petróleo (ktep) al año y una reducción de emisiones anual estimada en unas 40.250 toneladas de CO2.
FOMENTO DE LA ADQUISICIÓN DE VEHÍCULOS ALTERNATIVOS
Las ayudas para la compra de vehículos alternativos varían entre los 600 y los 15.000 euros en función del tipo de vehículo (coche, moto, furgoneta, autobús o camión), de su motorización (híbrido enchufable, eléctrico puro o gas, combustible reservado solo al transporte pesado porque las alternativas eléctricas no cuentan con suficiente desarrollo). En el caso de los vehículos ligeros eléctricos, la subvención puede llegar a los 5.500 euros si incluye el achatarramiento del vehículo antiguo, que debe tener más de siete años. Si se opta por no achatarrar, la ayuda sería de 4.000 euros.
En esta primera línea de financiación, los beneficiarios pueden ser profesionales autónomos, personas físicas, comunidades de propietarios, empresas privadas, entidades locales y entidades públicas vinculadas a ellas, administraciones de las comunidades autónomas y otras entidades públicas vinculadas a la Administración General del Estado.
En el caso del impulso a las infraestructura de recarga de vehículos eléctrico, claves en la electrificación del parque móvil y cuya cadena de valor está ampliamente desarrollada en España, MOVES II establece un límite de ayudas de 100.000 por destinatario último y convocatoria. Serán de un 30 % o un 40% del coste subvencionable, dependiendo del tipo de beneficiario. En cuanto la financiación de los sistemas de préstamos de bicicletas eléctricas, el límite de 100.000 euros y el coste subvencionable será del 30%.
RESPUESTAS DE MOVILIDAD FRENTE AL COVID-19
La cuarta línea del programa está especialmente diseñada para favorecer que empresas y administraciones puedan ofrecer soluciones de movilidad en el contexto de la pandemia de COVID-19. Así, MOVES II apoya a las empresas para implantar planes de Transporte al trabajo que, junto con el teletrabajo y otras medidas de organización, les permitan ofrecer mayores alternativas de transporte seguro y sostenible a trabajadores y clientes en estos momentos.
Los ayuntamiento también podrán acudir a MOVES II para financiar iniciativas de fomento de desplazamientos individuales a pie y en bicicleta, en moto o en otros medios de desplazamiento unipersonal, a través de la implantación de sistemas de préstamos o la adaptación de carriles para estos usos, calmado de tráfico, establecimiento de espacios compartidos o ampliación de aceras y espacios públicos. De igual modo, se podrán emplear los fondos del programa para reforzar el transporte público, fomentando su uso como transporte seguro y sostenible. Entre otras acciones, MOVES puede apoyar medidas de integración multimodal, carriles exclusivos, tarificación flexible y sencilla, digitalización para dar información en tiempo real. También son financiables acciones para garantizar un reparto de última milla sostenible, mediante adaptaciones rápidas de la ciudad.
El apoyo para la implantación de medidas de movilidad sostenible al trabajo y de las adaptaciones rápidas para responder a las necesidades de movilidad vinculadas al COVID-19 puede ascender hasta los 500.000 euros, salvo que el órgano gestor en su convocatoria fije un límite inferior con base en el presupuesto asignado a la medida. La ayuda será del 40% del coste subvencionable para los destinatarios últimos de ayuda, salvo para aquellos destinatarios sin actividad comercial ni mercantil -como es el caso de los ayuntamientos-, en cuyo caso la ayuda será del 50%.
Las ayudas podrán ser cofinanciadas con recursos del Fondo Europeo de Desarrollo Regional (FEDER) y no son compatibles con otras ayudas, de cualquier otra administración, que tengan la misma finalidad.
Las comunidades autónomas concretarán, en sus correspondientes órdenes, el reparto presupuestario entre las distintas actuaciones. No obstante, el Real Decreto establece que hasta el 70% podrá destinarse a la compra de vehículos alternativos; hasta un 50% podrá dirigirse a la implantación de puntos de recarga; y un mínimo de un 10% deberá dedicarse al incentivo de planes de trabajo o medidas adoptadas por los ayuntamientos como respuesta a las necesidades de movilidad asociadas a la crisis del COVID-19.
REPARTO DE LAS AYUDAS
El programa MOVES II estará coordinado por el IDAE y gestionado por las comunidades y ciudades autónomas, que deberán realizar las convocatorias correspondientes en sus territorios. El criterio de reparto del presupuesto se ha consensuado con la Conferencia Sectorial de Energía, el órgano de coordinación entre el MITECO y las administraciones autonómicas en esta materia, y está basado en el Padrón de habitantes publicado por el Instituto Nacional de Estadística (INE).
COMUNIDAD AUTÓNOMA |
Presupuesto asignado (€) |
ANDALUCÍA |
17.954.692 |
ARAGÓN |
2.813.525 |
PRINCIPADO DE ASTURIAS |
2.177.821 |
ILLES BALEARS |
2.531.518 |
CANARIAS |
4.701.831 |
CANTABRIA |
1.239.194 |
CASTILLA Y LEÓN |
5.129.706 |
CASTILLA – LA MANCHA |
4.335.331 |
CATALUNYA |
16.120.376 |
COMUNITAT VALENCIANA |
10.599.235 |
EXTREMADURA |
2.269.899 |
GALICIA |
5.753.324 |
COMUNIDAD DE MADRID |
14.150.116 |
REGIÓN DE MURCIA |
3.169.485 |
COMUNIDAD FORAL DE NAVARRA |
1.384.718 |
EUSKADI |
4.640.001 |
LA RIOJA |
668.067 |
CEUTA |
180.729 |
MELILLA |
180.431 |
TOTAL |
100.000.000 |
IMPULSO A PROYECTOS SINGULARES
El «Plan de Impulso a la cadena de valor de la Industria de la Automoción, hacia una movilidad Sostenible y Conectada» incorpora también la segunda edición de MOVES Singulares, destinado a la promoción de proyectos singulares de innovación industrial en el ámbito de la movilidad sostenible.
Se prevé que, en 2020, MOVES Singulares, cuya tramitación ya se ha iniciado, duplique su presupuesto hasta los 30 millones de euros para apoyar proyectos de innovación en cadena de valor de la movilidad sostenible y el vehículo eléctrico, así como medidas que reduzcan el consumo de energía final y las emisiones de dióxido de carbono. En particular, se promoverá el desarrollo o innovación de nuevos procesos o prototipos de modelos de vehículos cero emisiones, la integración de infraestructura de recarga avanzada, redes inteligentes y vehículo eléctrico, y aplicaciones de nuevos desarrollos de baterías y almacenamiento eléctrico.
A la primera edición de MOVES Singulares, dotado con 15 millones y que se encuentra actualmente en fase de evaluación de los expedientes, se han presentado 130 candidaturas por un importe total de ayuda solicitada de 64,5 millones de euros.
Por otro lado, y entre otras actuaciones, el Plan del Gobierno de España para el también prevé la activación, entre 2021 y 2021, de un «Plan de despliegue de infraestructura de recarga de vehículo eléctrico». En concreto, se implementarán aquellos mecanismos normativos y de impulso que sean necesarios para la instalación acelerada de una infraestructura de recarga de primer nivel en España, con el objetivo de lograr los 50.000 puntos de recarga antes de 2023, en línea con el proyecto de ley de Cambio Climático y Transición Ecológica y el Plan Nacional Integrado de Energía y Clima 2021-2030.
Entre otras medidas incorpora el desarrollo de mapa interactivo interoperable con ubicación y estado de los puntos de carga en vía pública, y se fija como objetivo garantizar la interoperabilidad y accesibilidad de la infraestructura de recarga y simplificar de la tramitación administrativa para la infraestructura de recarga. También incorporará medidas normativas para la instalación de infraestructura de recarga en determinados aparcamientos, así como en las estaciones de servicio con mayores ventas, así como para favorecer el despliegue de infraestructura de recarga en los municipios del país, estableciendo objetivos mínimos en función del número de habitantes del municipio.
B) ÁMBITO FISCAL Y LABORAL
I. COVID-19: Modificación de diversas órdenes para la flexibilización de determinadas restricciones de ámbito nacional y se establecen las unidades territoriales que progresan a la fase 3 del PTNN
En el BOE de 13 de junio se ha publicado la Orden SND/520/2020, de 12 de junio, por la que se modifican diversas órdenes para la flexibilización de determinadas restricciones de ámbito nacional establecidas tras la declaración del estado de alarma y se establecen las unidades territoriales que progresan a la fase 3 del Plan para la transición hacia una nueva normalidad.
España, en el momento actual, se encuentra en proceso de reducción gradual de las medidas extraordinarias de restricción de la movilidad y del contacto social establecidas con la declaración del estado de alarma el pasado 14 de marzo. El Plan de transición hacia una nueva normalidad (PTNN), se articula en cuatro fases (fase 0 a fase 3) y ha de ser gradual y adaptable a los cambios de orientación necesarios en función de la evolución de los datos epidemiológicos y del impacto de las medidas adoptadas.
Por la presente orden se modifican diversas medidas en diferentes ámbitos, con plenos efectos desde las 00.00 horas del día 15 de junio y mantendrá su eficacia durante toda la vigencia del estado de alarma y sus posibles prórrogas.
II. COVID-19: Creación del Fondo COVID-19 y establecimiento de las reglas relativas a su distribución y libramiento
En el BOE de 17 de junio se ha publicado el Real Decreto-ley 22/2020, de 16 de junio, por el que se regula la creación del Fondo COVID-19 y se establecen las reglas relativas a su distribución y libramiento.
La pandemia COVID-19 está ocasionando un severo impacto sanitario, social y económico y su estabilización y posible erradicación va a implicar un largo y costoso proceso, especialmente en el ámbito sanitario. Por ello, el Gobierno el Gobierno ha asumido el compromiso de tomar medidas que permitan situar a las comunidades autónomas y ciudades con estatuto de autonomía en una posición financiera que les permita seguir prestando los servicios públicos esenciales que son de su competencia, asumir los impactos ocasionados por la pandemia y soslayar las tensiones de tesorería que su respuesta ante esta crisis les está provocando.
C) ÁMBITO ECONÓMICO
Resolución por la que se establecen los términos y condiciones del quinto tramo de la línea de avales a préstamos concedidos a empresas y autónomos, a préstamos concedidos a pymes y autónomos del sector turístico y actividades conexas y financiación concedida a empresas y autónomos para la adquisición de vehículos de motor de transporte por carretera de uso profesional.
A continuación, se extractan las novedades más relevantes de esta resolución desde el punto de vista empresarial.
Línea de avales ICO.
Se libera un quinto tramo de 15.500 millones de euros para renovaciones y nuevos préstamos, con cuatro subtramos:
- Hasta 7.500 millones de euros para autónomos y pymes,
- Hasta 5.000 millones de euros para grandes empresas,
- Hasta 2.500 millones de euros para autónomos y pymes del sector turístico y actividades conexas (el Anexo II delimita los CNAEs),
- Hasta 500 millones de euros para autónomos y empresas para la adquisición o arrendamiento financiero u operativo de vehículos a motor de transporte por carretera de uso profesional.
- Se mantienen las mismas condiciones y términos de los anteriores tramos.
- Para el subtramo al sector turístico y actividades conexas se añaden las siguientes condiciones:
- la cobertura del aval será hasta el 80 % del principal del préstamo,
- el importe nominal del préstamo a avalar no podrá superar los 1.500.000 euros por empresa o autónomo,
- la finalidad de la financiación podrá ser, además de la cobertura de las necesidades de liquidez, la financiación de los gastos o inversiones necesarios para la mejora, ampliación o adaptación de las instalaciones, equipos y servicios prestados por las pymes y autónomos.
- Los avales de los cuatro subtramos podrán solicitarse hasta el 30 de septiembre de 2020; ampliable.
- Ayuda de Estado: este tramo de la línea de avales se configura de conformidad con el Marco Nacional Temporal relativo a las medidas de ayuda a empresas y autónomos consistentes en subvenciones directas, anticipos reembolsables, ventajas fiscales, garantías de préstamos y bonificaciones de tipos de interés en préstamos destinadas a respaldar la economía en el contexto del actual brote de COVID-19, aprobado por la Comisión Europea en su Decisión SA.56851 (2020/N), de 2 de abril.
D) ÁMBITO TRANSPORTES
COVID-19: Puertos y aeropuertos españoles designados como «Puntos de Entrada con capacidad de atención a Emergencias de Salud Pública de Importancia Internacional»
En el BOE de 17 de junio se ha publicado la Orden PCM/531/2020, de 16 de junio, por la que se publica el Acuerdo del Consejo de Ministros de 16 de junio de 2020, por el que se establecen los puertos y aeropuertos españoles designados como «Puntos de Entrada con capacidad de atención a Emergencias de Salud Pública de Importancia Internacional», según lo establecido en el Reglamento Sanitario Internacional (RSI-2005), para hacer frente a la crisis sanitaria ocasionada por el COVID-19.
En el marco de la evolución de la crisis sanitaria ocasionada por el COVID-19, la OMS, con fecha 16 de abril de 2020, definió los principios a tener en cuenta a la hora de plantear el levantamiento de las medidas de confinamiento. Entre los citados principios, merecen especial atención por su relación con el ámbito de la movilidad y el transporte, el referido a la gestión del riesgo de importación y exportación de casos más allá de nuestras fronteras, para lo que dicha organización recomienda la implementación de medidas de control y aislamiento para personas contagiadas o que provengan de zonas de riesgo.
E) ÁMBITO AYUDAS Y SUBVENCIONES
Programa de incentivos a la movilidad eficiente y sostenible (Programa MOVES II)
Real Decreto 569/2020, de 16 de junio, por el que se regula el programa de incentivos a la movilidad eficiente y sostenible (Programa MOVES II) y se acuerda la concesión directa de las ayudas de este programa a las comunidades autónomas y a las ciudades de Ceuta y Melilla.
La primera edición del Programa MOVES, vigente hasta 31 de diciembre de 2019, con un grado de compromiso de fondos del 82,5% y un presupuesto comprometido de cerca de 37,2 millones de euros se aprobó para dar respuesta a un total de 6.182 solicitudes. Tras su finalización se considera conveniente aprobar una segunda edición a fin de conseguir una mejor ejecución de los fondos destinados al programa y contribuir mejor a los objetivos de descarbonización del sector transporte de acuerdo con lo establecido en el Plan Nacional Integrado de Energía y Clima, PNIEC 2021-2030.