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Checking agreements
A) MEDIDAS ÁMBITO LABORAL
1. IMPORTANTEEl Organismo Estatal Inspección de Trabajo y Seguridad Social ha tenido conocimiento de la remisión de correos electrónicos a empresas en los que se notifica una falsa investigación de la Inspección de Trabajo y Seguridad Social, y se pide que se haga «clic» en un enlace para ver la falsa queja presentada y acceder a más detalles.
Dicho correo NO es remitido por la Inspección de Trabajo y Seguridad Social, por lo que su contenido puede ser malicioso.
Por favor, absténganse de acceder a ese enlace.
2. RECOPILATORIO INFORMACIÓN ACTUALIZADA DE INTERÉS PARA PYMES Y AUTÓNOMOS
«La DGIPYME mantiene en la web https://plataformapyme.es/es-es/InformacionPymes/Paginas/InfPymes.aspx

 información de acuerdo a los siguientes apartados:

  • Información actualizada de los diferentes sitios web oficiales.
  • Normativa más relevante, por orden cronológico, adoptada por el Gobierno.
  • Financiación ofrecida a través de entidades públicas (ENISA, CERSA, ICO, CDTI,..)

Capacidades, sobre formación online gratuita.»
3. MEDIDAS ÁMBITO COMUNIDAD VALENCIANA

I. El día 4 de abril de 2020 se ha publicado en el DOCV, el DECRETO 44/2020, de 3 de abril de 2020, del Consell, por el que se aprueban las bases reguladoras para la concesión directa de ayudas urgentes a personas trabajadoras en régimen de autónomos que desarrollen su actividad en la Comunitat Valenciana y se han visto afectadas por la situación de crisis sanitaria ocasionada por la COVID-19.

Objeto: concesión de ayudas a las personas trabajadoras autónomas de la Comunitat Valenciana, incluidos los socios de cooperativas de trabajo asociado, para compensar la disminución de ingresos derivada de la declaración del estado de alarma.

Beneficiarios: las personas con domicilio fiscal en la Comunitat Valenciana que habiendo figurado ininterrumpidamente de alta en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos durante, al menos, el periodo comprendido entre el 31 de diciembre de 2019 y el 14 de marzo de 2020, hayan suspendido la actividad como consecuencia de las medidas adoptadas por el Real Decreto 463/2020, de 14 de marzo o, en caso de mantener la actividad, hayan reducido la facturación correspondiente al mes anterior a la solicitud de la ayuda en, al menos, un 75 por ciento respecto del promedio facturado en el semestre natural anterior a la declaración del estado de alarma.

Bases ReguladorasDecreto Ley 1/2020, de 27 de marzo, del Consell, de medidas urgentes de apoyo económico y financiero a las personas trabajadoras autónomas, de carácter tributario y de simplificación administrativa, para hacer frente al impacto de la COVID-19.

Cuantía:

1. El importe global máximo estimado para financiar estas subvenciones asciende a 57.500.000 euros, fondos propios de la Generalitat, sin perjuicio de su posible ampliación con fondos procedentes del Estado o de la Unión Europea que puedan dar lugar a una generación, ampliación o incorporación de crédito.

2. La cuantía de la ayuda ascenderá a 1.500 euros para las personas obligadas a la suspensión de actividades por el Real Decreto 463/2020, de 14 de marzo; y de 750 euros para el resto.

Plazo de presentación de solicitudes: se iniciará a las 09.00 horas del día 8 de abril de 2020 y finalizará a las 09.00 horas del día 4 de mayo de 2020.

Para más información, se adjunta el enlace al video de subvenciones de labora #Covid-19: https://www.youtube.com/watch?v=I8UlqXqKynQ

II. Enlace a la circular emitida por ATA, en relación con el Real Decreto-ley 11/2020, de 31 de marzo por el que se adoptan medidas urgentes complementarias en el ámbito social y económico para hacer frente al COVID-19 y el poder acogerse al bono social por parte de los trabajadores autónomos.

III. El Ministerio de Sanidad aprobó ayer la Orden SND/325/2020 que contiene diversas disposiciones relativas al sector de la regulación de seguridad industrial y metrológica. Mediante esta Orden se prorroga automáticamente, hasta los treinta días naturales posteriores a la finalización del estado de alarma y sus prórrogas, de los certificados expedidos con base en las verificaciones o mantenimientos periódicos en el ámbito de la seguridad industrial y de los certificados expedidos por los organismos designados para efectuar el control metrológico del Estado, cuyo periodo de vigencia finalice durante el estado de alarma y sus sucesivas prórrogas.

Igualmente, la Orden aclara la aplicación en este sector de actividad del permiso retribuido recuperable, salvo cuando se trate de servicios considerados esenciales según el recogido.

Orden SND 325_2020

B) MEDIDAS ÁMBITO TRANSPORTE
Orden TMA/324/2020, de 6 de abril,
Publicación en el BOE de las instrucciones sobre la utilización de las tarjetas de tacógrafo de conductor y empresa.
BOE-A-2020-4320
C) OTRAS MEDIDAS

I. Ya están disponibles en las entidades financieras las líneas de financiación para autónomos y empresas con la cobertura de aval ICO-Covid-19, en el documento oficial del ICO, en el que se detallan las principales características de estas líneas.

II. Adjunto se remite circular de CEPYME sobre los aspectos a tener en cuenta en la celebración de reuniones de órganos de administración, Juntas y Asambleas de empresas y entidades privadas, por medios telemáticos, durante el estado de alarma por COVID-19.

Reuniones societarias telemáticas

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