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«Los gestores administrativos, entre nuestras competencias tenemos la de llevar a cabo todas las gestiones relacionadas con la oficina de Extranjería como solicitar la nacionalidad o el permiso de trabajo. Ahora mismo que la guerra con Ucrania ha provocado que muchos ciudadanos vengan a España huyendo de este conflicto, los gestores administrativos orientamos en la regularización de estas personas».

Así empieza el artículo que ha publicado este domingo el periódico Mediterráneo de Castellón en el que, desde el Colegio de Gestores Administrativos de Valencia, indicamos qué normas aplican a los ciudadanos ucranianos que se encuentran en España fruto del conflicto armado de su país.

«Se les va a aplicar a los ciudadanos ucranianos el Real Decreto 1325/2003, de 24 de octubre, por el que se aprueba el Reglamento sobre régimen de protección temporal en caso de afluencia masiva de personas desplazadas. En ese sentido, recoge la Directiva 2001/55/CE del Consejo, de 20 de julio de 2001, relativa a las normas mínimas para la concesión de protección temporal en caso de afluencia masiva de personas desplazadas y a medidas de fomento de un esfuerzo equitativo entre los Estados miembros para acoger a dichas personas y asumir las consecuencias de su acogida. Ello supondrá que estas personas serán documentadas con autorización para residir y trabajar por un año, que será renovable por otros tres».

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