Las deducciones por vivienda habitual en la declaración de la renta son de las más comunes y ventajosas, aunque conocerlas y saber aplicarlas puede ser complejo. Para la Renta 2023, se contemplan diversas posibilidades de deducción relacionadas con la vivienda, tanto para propietarios como para inquilinos.
Existen deducciones aplicables en diversas situaciones: deducción por compra de vivienda, deducción por alquiler tanto para arrendadores como arrendatarios y deducción por obras de mejora. Para saber cuáles puedes aprovechar y cómo hacerlo, lo mejor es consultar con tu gestor, pero, para que tengas una idea de qué deducciones por vivienda habitual puedes disfrutar, te explicamos algunos puntos importantes.
Qué se considera vivienda habitual en la declaración de la renta
Para saber qué deducciones nos corresponden por vivienda habitual, lo primero es tener claro qué se entiende por “vivienda habitual”.
Según indica la Agencia Tributaria, a efectos de la deducción, para que se considere vivienda habitual, esta tiene que cumplir dos condiciones:
- Que sea o vaya a ser el lugar de residencia del contribuyente de manera continuada durante, como mínimo, tres años. Se consideran algunas excepciones si se producen circunstancias que obliguen al cambio de vivienda antes de que se cumpla ese plazo. Por ejemplo, en el caso de que el contribuyente fallezca, se case o separe, consiga un nuevo empleo o deba trasladarse por trabajo, o si la vivienda era inadecuada debido a una discapacidad del contribuyente o de un familiar directo conviviente (hasta 3er grado).
- Que el contribuyente entre a vivir de forma permanente no más tarde de 12 meses después de adquirir la vivienda o terminar las obras que se realicen en ella. No se tendrá en cuenta este período de tiempo si el contribuyente no utiliza la vivienda de manera efectiva debido a que disfruta de una vivienda habitual por trabajo. En este caso, los 12 meses empezarán a contar a partir del final del contrato laboral o cese del cargo que impedía utilizar la vivienda adquirida.
Deducción por vivienda habitual
Lo más importante para averiguar si tenemos derecho a una deducción por vivienda habitual adquirida es comprobar cuándo se compró la vivienda. En general, si esta fue adquirida antes de 2013, sí tendremos derecho a la deducción por vivienda habitual.
En caso de que, efectivamente, se trate de una residencia comprada antes de 2013, podremos deducir de la hipoteca hasta un 15% de lo pagado en el ejercicio fiscal hasta un máximo de 9.040€.
Además, si al firmar la hipoteca o para bonificar el tipo de interés, fue obligatorio contratar un seguro, este también se podrá desgravar. Es decir, para poder desgravar el seguro, tiene que figurar en el contrato hipotecario.
Esta deducción por inversión en vivienda habitual también se aplica si se ha invertido dinero para construir o reformar un espacio (se incluye la rehabilitación para adecuar la vivienda de personas con discapacidad). En este caso, las cantidades se tendrán que haber abonado antes de 2013 y las obras o instalaciones tienen que haber finalizado antes de 2017.
Deducciones en el alquiler de vivienda habitual
Los inquilinos con contratos firmados antes de 2015 se pueden deducir un 10’05% del alquiler de vivienda habitual, siempre que la base imponible sea de menos de 24.107’2€ al año. Esta deducción estatal es compatible con la autonómica.
En 2015, se suprimió la deducción estatal por alquiler de vivienda habitual, aunque en todas las comunidades autónomas sí se mantiene la reducción autonómica. Sin embargo, si el contrato de arrendamiento es anterior a 2015 y sigue en vigor, y además se ha tenido derecho a esta deducción antes de esa fecha, se mantiene la deducción.
En cuanto a las deducciones por alquilar una vivienda, al arrendador también se le aplican algunos beneficios fiscales. Eso sí, es importante que la vivienda que se alquila se utilice como vivienda habitual; no se tienen en cuenta los alquileres de apartamentos turísticos u otras modalidades de alquiler temporal.
Entre las novedades que afectan a la declaración de la renta, hay un punto que afecta a los arrendadores de vivienda habitual. En los contratos a partir del 1 de enero de 2024, la deducción por arrendamiento de vivienda habitual pasa del 60% a distintos porcentajes según el tipo de contrato, por ejemplo, se eleva al 70% si se trata de la incorporación de vivienda al mercado del alquiler en zonas tensionadas.
Los arrendadores de vivienda habitual también pueden acceder a las deducciones por gastos derivados del alquiler de un inmueble como, por ejemplo, algunos seguros, el pago del IBI y otros tributos, o gastos de reparación.
Deducción por obras de mejora en vivienda habitual en la Renta 2023
Para la campaña de la Renta 2023, se mantiene la deducción por obras de mejora de la eficiencia energética de la vivienda. Se contemplan distintas deducciones en el IRPF: inversiones para reducir la demanda de calefacción y refrigeración, mejorar el consumo de energía primaria no renovable, o por obras de rehabilitación. En todos los casos, que no son compatibles entre sí, se deben cumplir ciertos requisitos como, por ejemplo, que las cantidades satisfechas se paguen con tarjeta o transferencia bancaria, ingreso en cuenta de entidades de crédito o cheque nominativo.
Además de estas deducciones en vivienda habitual, siempre hay que tener en cuenta las deducciones autonómicas, que varían de una comunidad a otra, pero suponen una aportación importante en la declaración de la renta.
Para evitar errores y disfrutar de todos los beneficios fiscales que te corresponden, no dudes en ponerte en contacto con un gestor en tu zona que tramite tu declaración del IRPF.