El pasado 12 de septiembre se publicó en el Boletín Oficial del Estado (B.O.E.), nº 220, la Orden ESS/1452/2016, de 10 de junio, por la que se regula el modelo de diligencia de actuación de la Inspección de Trabajo y Seguridad Social.
De entre los contenidos de dicha Orden -que entró en vigor el día 13 del presente mes de septiembre-, caben destacar los contenidos que necesariamente deberán constar en la diligencia cuando los Inspectores de Trabajo y Seguridad Social y los Subinspectores Laborales visiten los centros de trabajo y que la empresa tiene la obligación de conservar su ejemplar de dicha diligencia durante un plazo de 5 años.