En estos momentos se está desarrollando una campaña con la finalidad de aumentar la vigilancia y control sobre las empresas, para detectar posibles infracciones y para intensificar el control del cumplimiento de la normativa sobre tiempo de trabajo, en general, y de las horas extraordinarias en particular (máximo 80 horas al año). Así como asegurar que se lleva a cabo la adecuada remuneración y cotización de las horas trabajadas.
Por otro lado, se vigilará el cumplimiento de la obligación de realizar el registro diario de la jornada y que se respetan los derechos de información de los representantes de los trabajadores en la materia. Por tanto, la Ley obliga a llevar un registro del horario de los empleados. Será indiferente que estén contratados a jornada completa o a tiempo parcial. El registro diario de jornada debe existir en todas las empresas de forma obligatoria independientemente de su tamaño. También es indiferente la actividad que vengan ejerciendo.
Por lo tanto, todas las empresas tendrán que:
- Realizar diariamente el registro de horas de todos los trabajadores, con independencia de que tengan contratos a tiempo completo o a tiempo parcial.
- Los horarios de trabajo deberían de coincidir con el número de horas que reflejan los contratos de trabajo.
Los registros deberán estar cumplimentados y a disposición de la Inspección de Trabajo actualizados y firmados y, como hemos indicado, coincidentes con el número de horas reflejadas en el contrato. Además, existe la obligación de conservarlos durante cuatro años.
Sanciones por incumplimiento
En caso de incumplimiento de estas obligaciones por parte del empresario:
De comprobarse la falta en el registro del trabajador contratado a jornada parcial se presumirá automáticamente a jornada completa.
Si el incumplimiento se debiera a cuestiones formales o documentales se contemplaría una multa de entre 60 y 625 euros por una infracción considerada leve. Dándose el caso de incumplimiento en materia de jornada, la imposición de multa sería a partir de los 626 euros con un grado máximo de 6.250 euros, el organismo en cuestión podrá levantar Acta de Infracción en materia de Relaciones Laborales por incumplimiento de las obligaciones estipuladas en la Ley de Infracciones y Sanciones del Orden Social.
Acompañamos modelos orientativos para su utilización. Registro de jornada a tiempo completo y registro de jornada a tiempo parcial.