Desde el pasado 19 de septiembre los gestores administrativos están habilitados para la presentación electrónica de solicitudes de nacionalidad española por residencia en representación de los interesados y también para la asistencia en la presentación de solicitudes en formato papel. Esta resolución de la Dirección General de Registros y el Notariado se publicó en el Boletín Oficial del Estado (BOE) y habilita a los gestores para facilitar a los ciudadanos los servicios de información, asistencia y consulta, en la presentación de la documentación necesaria para la gestión de los expedientes de adquisición de la nacionalidad por residencia.
A partir de ahora los gestores administrativos están acreditados para:
1.-La presentación electrónica de documentos de nacionalidad, en representación de los interesados así como los procedimientos y requisitos para la remisión telemática de la documentación, debidamente anexada y metadatada.
2.- La función de asistencia a los propios interesados para la presentación de solicitudes de nacionalidad española en formato papel.
En el caso de presentación de documentos por medio de aplicación telemática (Plataforma Nacionalidades de los Gestores Administrativos), el Consejo General se limita a poner a disposición de la Administración Pública las herramientas electrónicas para realizar la solicitud, sin que en ningún caso pueda constituirse en registro administrativo.
Con todo, los Colegios Oficiales de Gestores Administrativos ofrecen a sus colegiados los servicios de revisión y canalización de trámites y, a su vez, el profesional es quien debe quedar habilitado por el solicitante para representarle e intervenir en su nombre. También para recibir documentos y comunicaciones de la Administración Pública dirigidos a su representado. De este modo, la intervención de los gestores habilitados queda supeditada a la decisión del solicitante y en ningún caso los profesionales participan en la tramitación, porque esta función le es propia a la Administración Pública. El gestor habilitado realiza la función de representante/mandatario del solicitante del expediente, conservando la documentación y realizando actividades por cuenta de éste, ya que suscribe los documentos aportados con certificado reconocido de firma electrónica.
Finalmente, por lo que respecta a la asistencia en la presentación de solicitudes en papel, el Ministerio de Justicia y el Consejo General de Gestores publicarán, a través de sus sedes electrónicas, la ubicación detallada de los lugares donde se preste la asistencia. Este consiste en facilitar a quien lo solicite un servicio gratuito de presentación de expedientes de nacionalidad española en formato papel.