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Las largas colas para repostar los últimos días del 2022 auguraban el fin de la bonificación de 20 céntimos sobre el combustible para «todos los públicos». La evolución del precio de la gasolina llevó al Gobierno a limitar su precio únicamente a los sectores profesionales.

El 2023 se ha iniciado con esta rebaja de 20 céntimos por litro, dirigida a los transportistas de mercancías y de pasajeros, así como los trabajadores del sector de la agricultura y la pesca, ya que su actividad está ligada al consumo de carburantes. Así se recoge en el Real Decreto-ley 20/2022, de 27 de diciembre, de medidas de respuesta a las consecuencias económicas y sociales de la Guerra de Ucrania donde el descuento se articula en dos fases.

La primera, que contempla un descuento de 20 céntimos por litro de combustible consumido, se llevará a cabo entre el 1 de enero y el 31 de marzo de 2023, y la segunda, que supone una bonificación de 10 céntimos de euros, se prolongará desde el 1 de abril y el 30 de junio.

Cálculo y abono de las bonificaciones

El RD 20/22 recoge dos mecanismos para calcular y abonar estas ayudas en función de si tienen derecho o no a la devolución parcial del impuesto sobre hidrocarburos. En el primer caso la ayuda se abonará al finalizar cada mes de aplicación de la medida, junto a la devolución parcial del impuesto de hidrocarburos, y se calculará en función de los litros consumidos y pagados con las tarjetas de gasóleo profesional, entre otros sistemas.

De este modo, las empresas de transporte público de viajeros en autobús y taxi, y vehículos de transporte de mercancías por carretera mayores de 7,5 de masa máxima autorizada, que actualmente reciben 4,9 céntimos de devolución por litro consumido, en un pago mensual, como devolución parcial del gasóleo profesional, recibirán junto con esta ayuda la bonificación al combustible. Esta competencia recae sobre la Agencia Tributaria que es la encargada de gestionar las solicitudes de ayuda y todas las actuaciones de gestión y control para su tramitación.

Por otro lado, se establece un sistema de ayudas directas para las empresas y trabajadores autónomos que no se benefician de la devolución del gasóleo profesional. Los beneficiarios deberán solicitar la ayuda a través de la sede electrónica de la Hacienda entre el 1 de abril y el 31 de mayo de 2023, que, una vez aprobada, se abonará en un único pago.

La bonificación se calcula estimando el consumo, por tipo de vehículo, en un periodo de seis meses: del 1 de enero de 2023 al 30 de junio de 2023. Así, teniendo en cuenta las diferentes cuantías fijadas para cada trimestre, las ayudas por vehículo para todo el periodo son las siguientes:

Fuente: Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana

En el caso de Canarias, y dadas sus particularidades, el sistema a aplicar en todos los casos será el sistema de ayudas directas. Asimismo, también se recogen de particularidades para el caso de Ceuta y Melilla.

Así, para facilitar la viabilidad de la bonificación y evitar cargas adicionales en su implementación, se aprovechan los mecanismos y procedimientos asociados a la devolución parcial por el gasóleo de uso profesional para los beneficiarios que ya disfrutan de ésta y del sistema de ayudas directas ya empleado en el Real decreto-ley 6/2022, de 29 de marzo y Real Decreto-ley 14/2022, de 1 de agosto, para el resto de los beneficiarios.

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