Son muchas las personas que todavía se preguntan cómo se puede solicitar la devolución por la prestación de maternidad. Pues bien, atento que si tienes dudas de cómo hacerlo, nosotros tenemos la respuesta.
Primero que nada es necesario conocer quién puede solicitar la devolución. Aquellos contribuyentes que incluyeron la prestación por maternidad en sus declaraciones del IRPF de los ejercicios 2014, 2015, 2016 y 2017 serán lo que podrán hacerlo, ya que los ejercicios anteriores han prescrito. Por su parte, aquellos contribuyentes que sufrieron retenciones por las prestaciones de maternidad y paternidad en 2018 no deben realizar ningún trámite.
No olvides que tu declaración de la renta de 2019, que se presenta este año, ya incorporará las prestaciones como rentas exentas y las retenciones soportadas serán deducibles.
En cuanto al proceso, ¿qué pasos debemos seguir para obtener la devolución? A través de un formulario específico que ha generado Hacienda en su página web, se indica el año o los años en los que se haya percibido la ayuda y el número de cuenta en el que se debe abonar la cantidad a devolver. Esta solicitud se puede presentar de manera telemática o en papel en las oficinas de registro de la Agencia Tributaria. Y como seguro que también puede surgirte alguna duda sobre la cuantía de devolución, hemos de decir que esta depende del importe de la prestación percibida y el tipo marginal aplicado al resto de ingresos del contribuyente.
Desde el Colegio de Gestores Administrativo de Valencia apostamos por la profesionalidad de nuestros colegiados a la hora de realizar cualquier trámite con la Administración Público, por ello, no lo dudes, ¡acude a tu Gestor Administrativo!