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Antes de finalizar el año, cada uno de los Gestores, podrá presentar una relación de expedientes de cambio de titularidad no tramitables telemáticamente y no hayan podido presentarse antes del 31 de diciembre, a los que se les conservará, como fecha de entrada en la Jefatura Provincialde Tráfico el 31 de diciembre de 2015, siempre y cuando se sigan las siguientes Instrucciones:

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 1. EXCLUSIVAMENTE se incluirán en la relación expedientes que NO sean TRAMITABLES TELEMÁTICAMENTE. Por tanto, están excluidos de la relación antes mencionada, los expedientes de cambio de titularidad que hubieran podido tramitarse telemáticamente***, de conformidad con los criterios de encomienda de gestión y de los protocolos de tramitación telemática. En consecuencia:
Ø      Si se presenta un expediente tramitable telemáticamente, a través del sistema de PDF, no será respetada la fecha de generación del PDF ni la de su inclusión en el listado, sino en todo caso, la fecha en que realmente se ultime.
Ø      Del mismo modo se procederá con aquellos expedientes presentados a través del sistema de PDF en el que venga consignado algún impedimento para realizar el cambio de titularidad. En estos casos, se deberá generar un nuevo PDF en el que conste la consulta de tramitabilidad positiva, siendo ésta la fecha del trámite.
***Expedientes de Cambio de Titularidad NO tramitables telemáticamente (Tramitables en JPT):
ü      Vehículos agrícolas
ü      Vehículos procedentes de puerto franco
ü      Vehículos sin CET, que tuvieran que tributar por ITP
ü      Vehículos que requieran de un certificado de transportes
ü      Cambios de titularidad con motivo de una adjudicación (judicial o subasta)
ü      Transferencias por herencia o donación.
ü      Vehículos Históricos
ü      Vehículos con más de tres transmitentes
ü      Vehículos que se transfieran como consecuencia de un contrato de subrogación en un contrato de financiación y que por tanto, conste en e registro de vehículos  una limitación de disposición.
ü      Vehículos sobre los que conste una la anotación de una  deuda del IVTM.
ü      Vehículos con anotación de ITV desfavorable o exentos de ITV.
ü      Anotación de poseedores como paso previo al cambio de titularidad (herencias)
ü      Rematriculación conjunta al cambio de titularidad
ü      Transmisiones por fusión o escisión de empresas
2. Deberá aportarse una RELACIÓN DE DICHOS EXPEDIENTES, identificando claramente:
1.       Gestoría que los presenta
2.       Número de matrícula del vehículo
3.    Documento Oficial de Identificación del transmitente y adquirente. 
3. Se entregarán materialmente en Jefatura, como máximo el día 8 de Enero de 2016los expedientes completos previamente relacionados.
Correlativamente, y con la finalidad de tener actualizado el parque de vehículos, la Jefatura Provincial de Tráfico tramitará  todos los expedientes de cambio de titularidad antes del día 22 de enero de 2016.

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