Si has llegado hasta aquí buscando respuesta a la pregunta «¿Cuánto tengo que pagar si me toca el Gordo de Navidad?»…¡Enhorabuena! Eres uno de los pocos afortunados que se han visto agraciados con la tradicional (y codiciada) Lotería de Navidad de España. Después de la euforia de ver tu número en la mano de uno de los niños de San Idelfonso y su consiguiente celebración, saltan las dudas: ¿Dónde lo puedo cobrar? ¿Cuánto tiempo tardan en ingresarme el premio? Y la más repetida, ¿cuánto dinero se queda Hacienda del Gordo? Desde el Colegio de Gestores Administrativos de Valencia te ayudamos a resolver esta última cuestión a continuación.
Lo primero que debes saber es que los premios de importe inferior o igual a 40.000 euros no están sujetos al gravamen especial, por lo que si has ganado menos tu premio será considerado como menor y Hacienda no te cobrará nada, por lo que percibirás el premio íntegro.
No obstante, si el premio supera los 40.000 euros debe tributarse el 20% a Hacienda. Por lo que en un premio Gordo se aplicará sobre 360.000 euros y el agraciado percibe 328.000 euros, ya que los primeros 40.000€ están libres de impuestos. Con el segundo (125.000 euros) y el tercer premio (50.000) sucede lo mismo. De estos dos la Agencia Tributaria cobra 17.000 euros y 2.000 euros, respectivamente, por lo que los premiados ingresas 108.000 y 48.000 euros.
Todo ello se debe incluir como ganancia en la declaración de la Renta del ejercicio en el que se haya ganado el premio, dentro del apartado de Ganancias y Pérdidas Patrimoniales no derivadas de la Transmisión de Elementos Patrimoniales.
¿Por qué hay que pagar a Hacienda si me toca la lotería?
La tributación de la lotería cambió en España en 2018 tras la aprobación de los Presupuestos Generales de ese mismo año. Hasta entonces, los premiados estaban exentos de tributar, independientemente de la cantidad premiada, pero igualmente Hacienda percibía un porcentaje a través del Impuesto de Patrimonio e IRPF.
Si compartes premio y no sabes cómo gestionarlo, puedes leer más información aquí y por supuesto, consulta con tu gestor administrativo que será quien mejor te asesore en estos casos.