Este martes han entrado en vigor los nuevos límites de velocidad en vías urbanas y travesías una nueva regulación que la Dirección General de Tráfico ha impulsado para que los peatones y ciclistas se mezclen de forma segura con el tráfico motorizado.
Se trata de una modificación del Reglamento de Circulación, aprobado el pasado 10 de noviembre, en el que se estableció que en un plazo de seis meses entraría en vigor, dando así el tiempo suficiente para que la ciudadanía conociera los cambios y a que los ayuntamientos se adaptasen.
Así, se ha limitado a 30 km/h la velocidad en vías urbanas de un único sentido de circulación. Algo que afectará a entre un 60 y un 70% de las calles de nuestro país y que persigue el objetivo de hacer las ciudades más seguras para peatones y ciclistas.
Además, el límite de velocidad en núcleos urbanos será de 20 km/h en vías que dispongan de plataforma única de calzada y acera y 50 km/h en las de dos o más carriles por sentido.
Por tanto, desde esta semana los límites de velocidad en vías urbanas han quedado de la siguiente manera:
- 20 km/h en vías que dispongan de plataforma única de calzada y acera.
- 30 km/h en vías de un único carril por sentido de circulación.
- 50 km/h en vías de dos o más carriles por sentido de circulación.
¿Y si se incumplen los nuevos límites de velocidad? Mucho cuidado con sobrepasar el límite de velocidad porque la DGT recuerda que las sanciones se siguen fijando de forma progresiva. La multa es de 100 euros sin pérdida de puntos para las infracciones graves y puede ir ascendiendo hasta los 600 euros y 6 puntos en el carnet para las infracciones muy graves.
Te remitimos un cuadro con los límites de velocidad y las infracciones detallados.