El Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) ha rechazado el modelo 720 de la Agencia Tributaria española que obliga a los contribuyentes a declarar sus bienes en el extranjero. En un comunicado ha manifestado su oposición a esta obligación impuesta por Hacienda: “La legislación nacional que obliga a los residentes fiscales en España a declarar sus bienes o derechos en el extranjero es contraria al Derecho de la Unión”.
El TJUE asegura que “las restricciones a la libre circulación de capitales que impone son desproporcionadas” porque “permiten a la administración tributaria proceder sin limitación temporal a la regularización del impuesto adeudado por las cantidades correspondientes al valor de los bienes situados en el extranjero y no declarados”. Así, el tribunal de la UE considera que “la normativa adoptada por el legislador español, además de producir un efecto de imprescriptibilidad, permite también a la Administración cuestionar una prescripción ya consumada en favor del contribuyente, lo que vulnera la exigencia fundamental de seguridad jurídica”.
Este modelo obligaba a realizar una declaración informativa a todos los contribuyentes que acumularan más de 50.000 euros en bienes en el extranjero. En ese sentido, ya en 2017 la Comisión Europea puso en marcha un procedimiento de infracción contra España por esta regulación y emitió un Dictamen que lo calificaba como un régimen de declaración discriminatorio y desproporcionado, por infringir la libertad de circulación de personas y trabajadores, la libertad de establecimiento, la libre prestación de servicios y la libre circulación de capitales.
En cualquier caso, es muy importante saber que el modelo 720 sigue vigente y obligatorio, aunque su régimen sancionador actual ha quedado totalmente anulado.
Tras conocerse el fallo de la justicia europea, la ministra de Hacienda María Jesús Montero ha avanzado que la intención del Gobierno es modificar el modelo 720 y aprobar la modificación de la norma antes de que termine marzo.
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