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Estamos de lleno en la campaña de la declaración de la Renta, que se extenderá hasta el 30 de junio y muchos de los contribuyentes se limitan a confirmar el borrador que la Agencia Tributaria pone a su disposición. Los gestores administrativos, como colectivo especializado en impuestos, recomendamos que el contribuyente acuda a un profesional para que le analice su situación personal y la información fiscal facilitada por la Agencia Tributaria. Pues uno de los errores que más se están produciendo es no declarar los atrasos de años anteriores que, aunque sí que vienen reflejados en la información fiscal, son cantidades que no están incluidas en el borrador al no corresponder declararlos en el ejercicio.

Por ello, nuestra recomendación es acudir a un gestor administrativo para confeccionar la declaración de la Renta y así tener la tranquilidad de que se declare todo correctamente. Pues en caso contrario lo más probable es acabar recibiendo posteriormente la correspondiente notificación de Hacienda reclamando las cantidades no declaradas y ser sancionados por ello.

¿Qué pasa si ya he confirmado el borrador y me doy cuenta de que han faltado datos por declarar?

Si esto ocurre, existen mecanismos para rectificar. Se puede corregir a lo largo de la campaña -hasta el 30 de junio- o en los cuatro años siguientes si nos hemos dado cuenta una vez ha concluido la campaña.

En ese sentido, hay dos opciones que se pueden dar al entregar una declaración con errores: o bien que el contribuyente haya salido perjudicado con esa equivocación o que haya pagado de menos:

Si el error ha sido a favor de Hacienda (me tenían que devolver más o pagar menos)…

En este caso hay que realizar una solicitud de rectificación. Si se pagó de más Hacienda devolverá el exceso “con intereses” y si, por lo contrario, te devolvieron menos, solo se abonarán intereses si Hacienda tarda en devolver esa diferencia más de seis meses desde la solicitud de rectificación.

Y si el error ha sido en tu beneficio…

En estos casos es necesario hacer una “declaración complementaria”. Esta lleva aparejada un recargo del 1% y otro del 1% adicional por cada mes de retraso en presentar la autoliquidación durante el primer año de retraso, que se convertirá en un 15% si ha pasado más de un año.

Por lo tanto, mucha precaución con confirmar el borrador sin revisarlo porque puedes perder dinero. ¿La mejor manera de evitar errores? Acudir a un profesional como un gestor administrativo, que conoce todas las casuísticas posibles a la hora de realizar la declaración de la Renta. 

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