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España sigue siendo unos de los destinos preferidos por los extranjeros, tanto por el trabajo, como el ocio y el clima que este país les ofrece. Si estás leyendo este post es porque entre algunos de tus objetivos está quedarte a vivir en España de forma temporal o permanente. Por ello, debes conocer a la perfección una serie de requisitos legales que todos aquellos futuros residentes deben saber para disfrutar como un ciudadano más, sin problemas y con todas la comodidades y garantías.
El permiso de residencia, la convalidación del carné de conducir o el acceso a la sanidad son algunos de los trámites que se deben realizar y que no son siempre sencillos, por lo que la figura del Gestor Administrativo coge especial relevancia.
Vivir en España requiere de una documentación específica en función de la estancia: temporal o habitual. Se puede distinguir entre tres tipos de visados fundamentales: los de tránsito, que son para aquellos extranjeros que hacen escala en nuestro país por un tiempo determinado; los de visitas de corta duración, para los que su estancia sea inferior a 90 días; o los de visitas de larga duración, que incluyen los puestos de trabajo, residencia habitual o estudios. En este último caso, es necesario mantener todos los papeles y documentos en regla, por eso, te recomendamos la visita a tu gestor administrativo más cercano. ¡Te explicamos algunos de ellos!
–          NIE. Este es el Número de Identidad de Extranjeros que asigna e identifica a cada uno de ellos. Es imprescindible para realizar cualquier trámite con la Administración.
–          Empadronamiento. Los extranjeros que llevan más de tres meses en nuestro país están obligados a registrase en el padrón municipal del ayuntamiento donde viven. Dependiendo del país de origen, los documentos que debe completar serán unos u otros.
–          Número de la Seguridad Social. Para trabajar legalmente en España es necesario obtenerlo. Es la vía por la cual, la empresa puede contratar legalmente a un trabajador y darle de alta en la Seguridad Social.
–          Trámites de tráfico. El registro de vehículos o la convalidación del permiso de conducir son los más frecuentes en esta materia. Si todavía no es residente, el extranjero puede conducir durante un plazo máximo de seis meses y tampoco estaría obligado a registrarlo o pagar los impuestos. Si ya es residente, el plazo para realizar los trámites es de 30 días.
Recuerda, si estás pensando en venir a España por un periodo largo de tiempo, ¡acude a tu gestor administrativo más cercano! Ellos son expertos en trámites de extranjería.
 

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