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Las vísperas de la Navidad se siente en el aire: calles decoradas con adornos y luces, gente saliendo de las tiendas con las manos llenas de regalos… Pero, también, es una fecha muy especial ya que se anuncia la Lotería de Navidad en España y todo el país está expectante. 

Si crees que serás uno uno de los afortunados en ganar, ¡enhorabuena! Ahora bien, debes saber que deberás pagar impuestos a Hacienda, acorde al premio que recibas. 

Desde el Colegio de Gestores Administrativos de Valencia te compartimos información relevante para que puedas calcular cuánto dinero deberás pagar si ganas el Gordo de Navidad. 

Este año, los impuestos de la Lotería de Navidad serán los mismos del 2022. No obstante, si haz ganado un importe inferior o igual a 40.000 euros, Hacienda no te cobrará nada, por lo que percibirás el premio íntegro. 

Si fuiste premiado con un importe superior a 40.000 euros, el gravamen será de un 20%, al igual que el año anterior. Por lo tanto, se tributarán el Gordo y los premios segundos y terceros; ya que los cuartos y quintos no superan el monto exento. 

Por ello, si recibes el Gordo de Navidad – premio de 400.000 euros -, se tributará solo por 360.000 euros, sobre los que se gravará el 20%. De esta forma, el premiado se llevará 328.000 euros y Hacienda se quedará con 72.000 euros.

Por su parte, el segundo premio – de 125.000 euros – se gravarán sólo 85.000 €, dando como resultado 108.000 euros para el ganador y 17.000 euros para Hacienda. Mientras que el tercer premio – de 50.000 € – quedará repartido entre 48.000 euros para el premiado y 2.000 euros para Hacienda. 

Todo ello se debe incluir como ganancia en la declaración de la Renta del ejercicio en el que se haya ganado el premio, dentro del apartado de Ganancias y Pérdidas Patrimoniales no derivadas de la Transmisión de Elementos Patrimoniales.

¿Por qué hay que pagar a Hacienda si me toca la lotería?

En 2018, la tributación de la lotería cambió en España tras la aprobación de los Presupuestos Generales de ese mismo año. Hasta entonces, los premiados estaban exentos de tributar, independientemente de la cantidad premiada, pero igualmente Hacienda percibía un porcentaje a través del Impuesto de Patrimonio e IRPF.

¿Qué pasa si comparto el décimo?

En el caso que compartas algún décimo con amigos, familiares o compañeros de trabajo, y resulta ganador; deberás notificar a la Agencia Tributaria para que el porcentaje se cobre proporcionalmente a cada uno.

¿Y si el ganador no es una persona física?

Si eres una empresa, asociación, fundación o cualquier otra forma jurídica de sociedad, el premio que reciban quedará integrada en su base imponible del impuesto de sociedades, descontándose la retención practicada de la cantidad que les resulte a pagar.

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